Acuerdo Nacional por el Empleo
El Acuerdo Nacional por el Empleo,
Este acuerdo, que se plasmó en un proyecto de ley que fue aprobado en el Congreso y ya está vigente y contiene 6 medidas, 5 de las cuales apuntan a fortalecer la capacitación como una opción alternativa al despido y al desempleo, ayudando así a las empresas a enfrentar la desaceleración económica sin reducir su personal y dotando a los trabajadores de los conocimientos que les abrirán más oportunidades hacia el futuro.
La sexta medida busca asegurar que los trabajadores que tienen contratos temporales puedan beneficiarse del Seguro de Cesantía en 2009 si no logran un nuevo empleo cuando ese contrato concluya.
El plan se aplicará en forma transitoria durante 12 meses desde la aprobación de la ley, coincidiendo con el período de dificultades para las empresas producto de una menor actividad económica. El diseño de las medidas asegura la plena vigencia de todos los derechos laborales de los trabajadores y no encarece los costos para las empresas.
Se calcula que el universo potencial de beneficiarios de las medidas de defensa del empleo y promoción de la capacitación es de aproximadamente 105 mil trabajadores al mes. Esto equivale a aproximadamente a un punto porcentual y medio de menor desempleo al alcanzarse la plena aplicación del plan.
LAS MEDIDAS
Incentivo a la retención y capacitación:
Se crea un incentivo extraordinario para que las empresas retengan y capaciten trabajadores. Para ello, las empresas podrán descontar de sus pagos provisionales mensuales (PPM) 2.5 veces el gasto mensual destinado a la capacitación de aquellos trabajadores con rentas de hasta $380 mil mensuales, siempre y cuando mantengan la dotación de trabajadores contratados en abril de 2009. De este modo la empresa cuenta con más recursos, tiene un incentivo para mantener su dotación de trabajadores y asegura la capacitación de aquellos menos especializados.
Permiso para capacitación laboral:
Como alternativa al despido y en forma voluntaria, el trabajador y su empleador podrán acordar un permiso de hasta 5 meses durante los cuales el trabajador no presta servicios, asiste a capacitación y recibe prestaciones monetarias garantizadas equivalentes al 50% de las rentas de los últimos 6 meses, con tope de $190 mil. El contrato de trabajo seguirá vigente, junto con todos sus derechos. Los pagos mensuales al trabajador se realizarán combinando un aporte del empleador y del Seguro de Cesantía, cuya cobertura se mantendrá si el contrato concluye durante o después del permiso para aquellos trabajadores que cumplen con los requisitos de acceso.
Precontrato de capacitación:
Para acercar al trabajador a un futuro contrato laboral, se potenciará el uso de este instrumento que permite el uso de la franquicia tributaria para financiar la capacitación de trabajadores que están en vías de ser contratados por la empresa. Para ello, se ampliará en un 25% el monto máximo de la franquicia tributaria destinada a este tipo de capacitación y se aumentará la duración de los cursos financiados por este sistema.
Beneficios del Seguro de Cesantía para trabajadores con contratos temporales:
La ley asegurará que los trabajadores contratados a plazo fijo y por obra o faena puedan beneficiarse del Fondo de Cesantía Solidario. Para ello, se entenderá que estos trabajadores cumplen con el requisito de reunir 12 cotizaciones, continuas o discontinuas, durante los 24 meses anteriores al 1º de mayo de 2009. Esta es una medida adoptada por una sola vez, pensada para dar acceso más rápido a más trabajadores, durante este año de crisis internacional, a los nuevos beneficios legislados del seguro de cesantía ya legislados por el Congreso Nacional.
Becas MYPE para trabajadoras jefas de hogar:
Se duplica el presupuesto 2009 de este programa de apoyo al emprendimiento, de modo de abrir 20 mil nuevos cupos anuales dirigidos a trabajadoras de baja calificación laboral, que estén cesantes o que hayan realizado un microemprendimiento. La iniciativa combina capacitación, subsidio de alimentación y movilización y apoyo para la compra de herramientas.
Reconocimiento de aprendizajes previos:
Esta medida consiste en validar aprendizajes adquiridos durante la trayectoria laboral del trabajador, mediante un sistema de evaluación aplicado por los organismos técnicos. Por ejemplo, un trabajador con un manejo avanzado de computación podría solicitar la evaluación para especializarse como técnico de informática sin cursar el nivel inicial. Este programa se iniciará con mil trabajadores entre 2009-1010. Se focalizará en áreas productivas que ya cuentan con programas formativos articulados (Metalmecánica, Agroalimentario, Turismo, Minería, Acuícola, Telecomunicaciones, Administración y Comercio).

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